La recuperación fue realizada en tres operativos por el Departamento Jurídico del INAH, personal de la Sección de Arqueología del Centro INAH Yucatán y contó con el apoyo táctico de unidades de operaciones especiales de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Yucatán.
Por su parte, José Arturo Chab Cárdenas, Jefe del Jurídico del INAH Yucatán, informo que “el INAH Yucatán atendió una denuncia ciudadana sobre la venta de posibles piezas arqueológicas, por lo que monto tres operativos auxiliados por las unidades de operaciones especiales de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Yucatán, con el objeto de recuperarlas y evitar su probable comercialización, por lo que con estas acciones, el INAH evito la pérdida del patrimonio arqueológico nacional”.
Según los arqueólogos Ileana Isabel Ancona Aragón y Pedro Rogelio Xuluc Balam, del INAH Yucatán, los monumentos arqueológicos recuperados consisten en siete piezas de cerámica, entre las que destacan piezas del Grupo Chablekal, Tipo Chicxulub inciso del período Clásico tardío 750-900 d.C de la cultura maya, que llegaron de la región del Usumacinta, como resultado del intercambio a larga distancia y es recurrente encontrarlas como ofrendas en los entierros humanos del norte de Yucatán.
También piezas del Grupo Muna, Tipo Sacalum negro sobre pizarra del periodo Clásico tardío 750-900 d.C y que perteneció a la esfera Cehpech; cajetes y platos diversos, y un collar de jade compuesto de once cuentas.
Las vasijas recuperadas son características del repertorio de contextos mortuorios de los sitios del norte de Yucatán, en especial de la región de Mérida, la zona Puuc y áreas aledañas.
Los bienes arqueológicos serán enviados a la Ceramoteca del Centro INAH Yucatán con sede en Mérida, para que forme parte de sus acervos, y puedan ser apreciados por todos los estudiantes, arqueólogos e investigadores. Una vez culminada las investigaciones se contempla su exhibición en los museos del INAH en Yucatán.
La Cámara de Diputados aprobó este 7 de abril, por 451 votos a favor, uno en contra y una abstención, reformas el artículo 51 la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que establece mayores sanciones de cinco a 12 años de prisión y de tres a cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien se apodere de un monumento histórico, artístico o mueble arqueológico, sin consentimiento del INAH.
La Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos en los artículos 27 y 28 que los monumentos arqueológicos son propiedad de la Nación, inalienables e imprescriptibles, y son producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas.