La Fiscalía General del Estado (FGE) aportó los datos de prueba contenidos en la causa penal 63/2020, donde se establece que los hechos ocurrieron el 28 de octubre, cuando el sentenciado, junto con otra persona que está siendo investigada, citaron al menor en un predio del fraccionamiento mencionado, donde sorprendieron a la víctima y sin darle oportunidad de defenderse lo privaron de la vida.
Durante la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Umán, el Juez Primero de Control del Cuarto Distrito Judicial sentenció al encausado a recibir amonestación pública, se le prohibió acercarse al domicilio de la denunciante por tres años más después de compurgar la pena de prisión y se le sentenció al pago de la reparación del daño.
Por último, se dispensó la lectura y explicación de la sentencia, por lo que quedan en firme las penas mencionadas.