De acuerdo con la indagatoria realizada por la Fiscalía General del Estado (FGE) los hechos ocurrieron en dos ocasiones, la primera vez el 26 de enero del año 2020 y posteriormente el 21 de febrero del año 2021, en ambas ocasiones en un predio de la población de Tixhualactún, comisaría de Peto, por lo que se presentó la formal denuncia que derivó en la causa penal 64/2021.
Durante la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Tekax, tras contar con la anuencia de las partes involucradas, la Fiscalía aportó los datos de prueba que permitieron al juez Primero de Control del Tercer Distrito Judicial otorgar el citado fallo condenatorio.
Además de la pena privativa de la libertad, se le prohibió acercarse a la víctima por tres años después de compurgar la pena de prisión, recibió amonestación pública, se le suspenden sus derechos políticos y deberá participar en programas de reeducación integral.
Por último, se programó una audiencia para la lectura y explicación de sentencia, pero la defensa junto con el acusado renunció a la misma, quedando en firme las penas señaladas.