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Yucatán contará con dos fondos para desastres

29 Septiembre 2017
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Debido al acuerdo que existe entre las diferentes fuerzas políticas que conforman la Comisión de Seguridad Pública y Justicia, se prevé que este lunes sea aprobado el dictamen que modifica la Ley de Protección Civil del Estado, la cual contempla un Fondo Estatal de Emergencias como una de sus novedades.

Según información obtenida por ROMPECABEZA, el marco legal establece derechos que antes no se contemplaban para ser atendidos por el gobierno estatal y municipal en caso de emergencias o desastres.

También señala los mecanismos para  estar informados de los riesgos de desastres, de las situaciones de emergencia y las medidas determinadas para su prevención y atención, además del derecho a la identificación y reunificación pronta de los familiares y personas allegadas.

Asimismo, determina los protocolos para de participar y colaborar con las autoridades en las actividades de prevención, atención y recuperación en materia de protección civil; y por último, acceder a las medidas de prevención.

 Se emplea el concepto Sistema Estatal de Protección Civil para referirse al conjunto de normas, autoridades y procedimientos que tiene por objeto implementar mecanismos de colaboración, coordinación y articulación interinstitucional para el desarrollo de instrumentos, políticas, servicios y acciones con la finalidad de prevenir y reducir riesgos; brindar protección a las personas, sus bienes o su entorno, en situaciones de emergencia o desastre.

De igual forma, mandata aspectos de planeación y programación por parte del gobierno y el fomento a la cultura de la protección civil, por parte de la administración como de la ciudadanía.

También fomenta la participación voluntaria, contemplando colaboración de las personas ya sea directamente o a través de una institución privada, en actividades especializadas de protección civil, las cuales podrán realizarse a través de grupos voluntarios o de brigadistas.

El proyecto de ley regula cuatro programas: el primero de protección civil, que corresponde a las medidas que se adoptan en el estado; los programas especiales, que establecen las medidas específicas para atender situaciones de emergencia como huracanes y otros fenómenos meteorológicos, además de los municipales y los internos, los cuales corresponden a los inmuebles públicos o privados.

Establece dos registros con la finalidad de brindar certeza y seguridad acerca de los servicios de protección civil. El primero es el Registro Estatal de Información sobre

Protección Civil, el cual tiene por objeto concentrar en un mismo sistema toda la información relevante del estado en la materia, para efecto de que las autoridades puedan consultarla y, en consecuencia, tomar decisiones satisfactorias para la prevención y atención de desastres.

Y el segundo se reglamenta el registro de personas autorizadas para realizar actividades de asesoría, capacitación o evaluación en materia de protección civil o elaboración de programas internos de protección civil, que permitirá que los particulares puedan consultar en el sitio web quienes cuentan con tal autorización.

Ambos dependen de la Coordinación Estatal de Protección Civil.

Finalmente, el proyecto de decreto establece  la creación de dos fondos de Protección Civil,  el primero tiene como finalidad promover la capacitación, equipamiento y sistematización de las coordinaciones estatales y municipales de protección civil y el Fondo para la Atención de Emergencias y Desastres del Estado de Yucatán que tiene por objeto proporcionar suministros de auxilio y asistencia ante situaciones de emergencia y de desastre.


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