En diciembre pasado, representantes de la empresa, presentaron una recusación contra la juez Cuarta de Distrito, acusándola de parcialidad. La juez había ordenado la suspensión de operaciones de la granja, como medida precautoria en el juicio de amparo que presentaron niños y niñas ante el inicio de operaciones de la empresa sin consultar al pueblo maya y ante el riesgo de contaminación de una zona particularmente sensible como es la reserva geohidrológica del anillo de los cenotes.
La recusación la declaró infundada en su sesión de este viernes, el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del decimocuarto circuito, con sede en Yucatán, que conoció el recurso.
Efectivamente, la recusación, a juicio del equipo Indignación, no tenía sustento, pero tuvo como efecto inmediato la paralización de las actuaciones del juicio, lo que impidió o retrasó el desarrollo de pruebas periciales, es decir, la toma de muestras de agua residual, de aire, de suelo y de alimento que suministran a los cerdos para analizar en laboratorios y que tenía que hacerse precisamente en esos días en la granja.
Los argumentos y razonamientos expuestos en la sesión para declarar infundada la recusación se conocerán a detalle hasta que se publique el engrose, pero los magistrados del Tribunal Colegiado declararon infundada la recusación.
La juez Cuarta de Distrito, Miriam de Jesús Cámara Patrón, continuará conociendo el amparo presentado por niños y niñas de Homún y sus representantes, que reclaman el derecho de la infancia a un medio ambiente sano, al agua y sus derechos como parte del pueblo maya.