El decreto fue publicado este jueves en el Diario Oficial del Estado, en el cual se dicta también como parte de las medidas de contingencia que la administración estatal ha realizado para detener el brote del coronavirus.
De acuerdo con el documento, no podrán vender bebidas embriagantes en negocios como expendios de cerveza, licorerías, restaurantes y pizzerías a partir de este viernes 10 de abril.
“La persona física o moral que infrinja lo dispuesto en el artículo anterior se hará acreedora a las sanciones administrativas o penales previstas en los ordenamientos aplicables, según corresponda”.
El decreto estará en vigor hasta el 30 de abril del presente año según se establece en el propio documento.