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Prisión por acoso callejero es inconmutable

16 Septiembre 2019
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La sanción de arresto por incurrir en acoso callejero es inconmutable por cualquier  otra medida administrativa, por lo que toda aquella persona que incurra en tal falta no podrá salir de la prisión municipal hasta cumplir con el tiempo de encierro y recibir la respectiva plática de sensibilización que establecen las reformas y adiciones al Reglamento de Policía y Buen Gobierno que entró en vigor el pasado sábado, advirtió el director del la Policía del Ayuntamiento de Mérida, Arturo Romero Escalante.

En entrevista, el mando policiaco confirmó que dicho Reglamento fue ya estrenado por parte de un ciudadano que fue señalado como acosador callejero, el cual incurrió en un tocamiento hacia una mujer.

Ahondó que al tratarse de una sanción administrativa, los policías pueden levantar un acta al momento del arresto lo cual está establecido en los protocolos ya establecidos en el Reglamento de modificado por el Cabildo meridano.

Señaló que si bien, el Reglamento establece hasta 36 horas de arresto, son los jueces los que establecen las penas a los acosadores que son detenidos por los elementos de la Policía Municipal.

Afirmó que todos los casos de tocamientos o agresiones verbales hacia las mujeres  que son denunciados por la parte afectada son atendidos por los efectivos policiacos, toda vez que el alcalde Renán Barrera Concha, les ha instruido a no pasar por alto cualquier indicio que acoso callejero.

Finalmente, descartó que exista una zona dentro del Centro Histórico, de la capital yucateca, donde se pueda considerar como foco rojo.


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