El Juzgado Segundo de Distrito con sede en la entidad sentenció que la escuela debía realizar cambios estructurales para garantizar que tanto ella, y cualquier otra persona con discapacidad, pudieran ejercer su derecho a la educación en condiciones de igualdad.
Elvia –cuyo nombre real se reserva-, es una niña de diez años con discapacidad producto de su talla baja.
Actualmente presenta un problema de arqueamiento de las piernas, por lo que los médicos indicaron que debía tomar clases en el primer nivel de la escuela y no subir escaleras para evitar daños irreversibles en su salud y desarrollo.
A pesar de las solicitudes de la madre para que se adoptara alguna medida para que su hija no tenga que subir escaleras para tomar clase, solo recibió burlas y negativas por parte del personal de la Escuela Primaria “Rodolfo Menéndez de la Peña”.
La sentencia concluye que las autoridades demandadas violaron sus derechos a la no discriminación, a la accesibilidad y a la movilidad personal, y en consecuencia su derecho a la educación.
El fallo también reconoce que históricamente los prejuicios en contra de las personas de talla baja han generado que no se tomen en serio sus derechos, lo cual ha impedido la correcta integración de este sector en distintos ámbitos, incluyendo en las escuelas.
Entre las autoridades demandadas también se encuentra la Unidad de Servicio de Apoyo a la Educación Regular (USAER), la cual tiene entre sus obligaciones garantizar el acceso a la educación del alumnado con discapacidad.
Sin embargo, en el presente caso se limitaron a sugerirle a Elvia que, para que no tenga que subir escaleras, repita un año que ya había cursado y que luego registrarían sus calificaciones “como si fuesen” del año en el que realmente se encuentra.
“El caso demuestra que en Yucatán no están siendo efectivos los mecanismos para garantizar una educación sin discriminación a las personas con discapacidad, dado que hasta el mismo USAER consintió por mucho tiempo la violación a sus derechos”, indicó Carlos Escoffié Duarte, defensor de derechos humanos y abogado de la niña.
“Además, el caso es un elemento más que pone en duda el interés de esta administración frente a los derechos de las personas con discapacidad, como se ha visto recientemente con el recorte casi absoluto de los recursos para atención a personas con discapacidad”.
Finalmente, la sentencia ordena a las autoridades a que dentro de 10 días hábiles presente un plan de acción para realizar modificaciones estructurales que se harán al plantel educativo para garantizar, no solo la accesibilidad a Elvia, sino a toda persona con discapacidad.