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Brecha salarial y falta de leyes contra violencia, reflejo de desigualdad de género

06 Marzo 2020
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En el orbe, la desigualdad de género persiste en la brecha salarial, la desocupación y la falta de leyes contra la violencia de género, pero la UNAM avanza con una herramienta para prevenir, atender, sancionar y tratar estas circunstancias: el Protocolo para la Atención de Casos de Violencia de Género, afirmó Lilian Ayala González, del Centro de Investigaciones y Estudios de Género (CIEG).

La igualdad de género, explicó, es el reconocimiento de las personas sin importar su condición sexogenérica. “Son iguales en derechos y merecen las mismas oportunidades de desarrollarse como individuos, buscar la simetría y la reducción de brechas”.

La universitaria refirió que de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en el mundo la brecha salarial entre mujeres y hombres es de 23 por ciento, aunque ellas cumplen con más horas de trabajo, y para lograr la igualdad salarial al ritmo actual de cambio, se necesitarían 200 años, según datos del Foro Económico Mundial.

En la conferencia ¿qué es la igualdad de género?, en el auditorio Sotero Prieto, de la Facultad de Ingeniería (FI), señaló que respecto a la desocupación, el último informe de la Organización Mundial del Trabajo (OIT) indica que 10.4 por ciento corresponde a las mujeres y 7.6 por ciento a los hombres.

Además, más de 70 por ciento de los países carecen de una ley que condene todos los tipos de violencia contra ellas. “En América Latina, sólo ocho tienen normativa integral”.

Ayala González resaltó que otro problema que persiste son los matrimonios forzados, que según la ONU se realizan en más de 80 países: una de cada cuatro mujeres entre 20 y 24 años de edad son sometidas, así como 12 millones de niñas al año.

Atención de casos de violencia de género en la UNAM

En contraste con esta reproducción de estereotipos, la UNAM cuenta con el Protocolo para la Atención de Casos de Violencia de Género, que se “aplica para hechos ocurridos dentro de las instalaciones universitarias, y fuera de ellas, siempre y cuando intervenga una persona integrante de la comunidad universitaria y se trate de actos que vulneren la normativa, el orden, la disciplina, los principios y valores que deben guiar la conducta de los universitarios, o que derive de una relación académica, laboral o análoga”, detalló.

La víctima puede presentar una queja por un acto de violencia de género, así como terceras personas que tengan conocimiento directo de estos sucesos en contra de alguien perteneciente a esta comunidad, dijo.

Roles laborales

En cuanto a los espacios laborales, Ayala González, jefa del Departamento de Educación para la Igualdad del CIEG, expuso que no hay medidas que propicien la corresponsabilidad de los varones en las actividades domésticas de cuidado, y en el caso de las académicas, estudiantes y administrativas que tienen una pareja que no forma parte del mundo universitario, el problema es mayor.

“No existe un sistema de cuidados, como guarderías o estancias, que permitan conciliar las jornadas de estudiantes y personal académico y administrativo”.

Finalmente, indicó que el género es una categoría de análisis para comprender las relaciones de poder entre mujeres y hombres. “Mientras el sexo nos habla de la existencia de hembras y machos, el género se refiere a las interpretaciones y valoraciones que se hacen socialmente sobre esos cuerpos”. (Boletín de la UNAM)


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