Al respecto, el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Víctor Hugo Lozano Poveda, adelantó que el dictamen será sometido al Pleno el próximo martes, donde se prevé transite sin mayor contratiempo, con lo que la LXIII cumplirá con su compromiso de garantizar los derechos humanos de los y las ciudadanas de Yucatán.
“El tema del matrimonio igualitario pasará el martes a la sesión del Pleno, si ustedes se dan cuenta, en este tema específicamente, todas las fuerzas políticas continuamos con los acuerdos y en el diálogo, en la base que nos da sustento como legisladores, que para mí es lo más rescatable es lo que sería ideal tener, esa disposición de las fuerzas políticas para trabajar en temas que a la sociedad le importa”, dijo.
El también coordinador de la bancada panista y vocal de la comisión donde se votaron los cambios a dicho dictamen, destacó que las reformas aprobadas fue con base a una iniciativa emitida por el Poder Judicial.
Aclaró que una vez que sea aprobado por el Pleno, será tarea del poder ejecutivo el publicarlo en el Diario Oficial del Estado, para que entre en vigencia y cualquier persona pueda contraer nupcias por la vía civil o vivir en concubinato, sin importar si es entre personas del mismo sexo.
¿Qué se modificó?
El presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, Gaspar Quintal Parra, indicó que las modificaciones realizadas tanto al Código de Familia como a la Ley de Registro Civil se modificaron los artículos 10, 49 y 201 del Código de Familia para el Estado de Yucatán en materia de nuevos estados familia.
En primer plano, se garantiza el derecho a la igualdad de las personas ante la ley por lo que de común acuerdo, decidirán todo lo relativo a la integración de una familia y a la administración de sus bienes.
Asimismo, los cambios realizados al artículo 49, indican que el matrimonio es una institución jurídica por medio de la cual se establece la unión libre y voluntaria de dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto y ayuda mutua.
También se modificó el concepto de concubinato, el cual ahora establece como la unión de dos personas quienes, libres de matrimonio, hacen vida en común de manera notoria, permanente, hayan o no procreado hijos o hijas o han vivido públicamente como cónyuges durante dos años continuos o más.
En la sesión de la comisión también se establecieron cambios los artículos 22, 26 y 64 de la Ley del Registro Civil del Estado de Yucatán en materia de nuevos estados familia.