Lo anterior fue dado a conocer por el organismo de justicia partidaria interna mediante el oficio CNHJ-YUC-2002/21, fechado el pasado 15 de febrero, el cual fue promovido por el legislador del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) , quien hasta la semana pasada su nombre no aparecía en el listado oficial de militantes morenistas publicado por el Instituto Nacional Electoral (INE).
De acuerdo con el documento en poder este reportero, Peralta Suárez acudió el 21 de junio del año pasado ante la CNHJ para denunciar a Contreras Soto de “diversas denotaciones y calumnias” realizadas en diferentes etapas del proceso electoral 2020-2021.
En el documento se declaran fundados los señalamientos en contra del funcionario del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) de Morena, luego de una serie de pruebas sustentadas en publicaciones en medios de comunicación y en denuncias presentadas por Contreras Soto.
La CNHJ aplicó a Elonaí Contreras el articulo 128 inciso A el cual implica la pérdida temporal de sus derechos partidarios, lo que lo deja en la imposibilidad jurídica y material de ejercer, dentro de esa fuerza política y por lo tanto la separación de su encargo partidario.
Asimismo, en el documento se afirma que lo expresado por el demandado dañó los acuerdos y estrategias políticas emanadas de los órganos nacionales por medios de comunicación social.
Como hemos informado, Contreras Soto interpuso una serie de denuncias penales en contra de Peralta Suárez por usurpar funciones partidistas.
Cabe señalar que el hoy sancionado señaló que se defenderá de tal sanción ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, toda vez que no se le garantizó el derecho de audiencia.