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Habrá comicios extraordinarios en Izamal, Hunucmá y Progreso

12 Agosto 2024
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 Luego de decretar la nulidad de los comicios del pasado 2 de junio en Hunucmá, Izamal y Progreso, derivado de diferentes irregularidades ocurrida durante el día de las votaciones, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), ordenó la celebración de elecciones extraordinarias en los tres municipios.

En sesión celebrada este lunes, el TEEY también determinó que el alcalde de Izamal, Warnel May Escobar, no podrá participar como candidato de nueva cuenta, debido a que violó la veda electoral y por ejercer violencia física o presión a los electores.

El castigo aún podría ser mayor, incluso, de cárcel, toda vez que las conductas achacadas por el magistrado Fernando Bolio Vales y aprobadas por el Tribunal en contra del edil, están claramente tipificadas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, por lo que estará en manos de la fiscalía especializada en dicha materia, si ejerce acción penal o no en contra de May Escobar.

Entre las inconsistencias, destaca que un día antes de la jornada electoral, el candidato del PRI y el PAN, quien también es alcalde de Izamal, cometió uso de recursos públicos, particularmente de elementos, vehículos y equipamiento de la Policía Municipal, con la finalidad de liberar a un grupo de personas que, previamente, fue detenido con motivo de una denuncia ciudadana por estar amedrentando a los pobladores.

Este hecho quedó grabado y documentado por la ciudadanía y la prensa, así como reportado vía Informe Policial Homologado a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).

Asimismo, se constató en esa misma fecha, la difusión de un video a través de la aplicación WhatsApp, en la que dicho candidato dirigió un mensaje solicitando el voto y posicionando su plataforma electoral en materia de seguridad pública, e invitó a su equipo a sufragar.

En lo que respecta al recurso promovido por el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) RIN-044, Bolio Vales decretó la nulidad de los comicios debido a que quedó comprometido el traslado de los paquetes electorales del Consejo Municipal de Hunucmá al Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), porque no se garantizó la seguridad y regularidad de la cadena de custodia.

Por tal razón, al actualizarse un grave daño a la cadena de custodia, el cual tiene un impacto irreparable en la certeza y seguridad jurídica, se sentenció declarar la nulidad de la elección municipal y revocar el acta de sesión urgente del Consejo Distrital 13 en la que se realizó el recuento total de votos.

Mientras que en la elección de Progreso, la ponente fue la magistrada Lissette Guadalupe Cetz Canché, quien en su sentencia indicó que se demostró que existe irregularidad, dolo y/o error en el cómputo municipal, ya que se puede apreciar en los documentos que obran en autos del expediente que no existen algunas actas de la elección, así como incidentes de protestas manifestados por los partidos políticos y que el recuento de votos se realizó de manera parcial.

Señaló que esas irregularidades resultan determinantes, porque irradiaron específicamente en el principio constitucional de certeza, lo que se traduce en la falta de confiabilidad de los resultados de cómputo realizado por el Consejo Municipal de Progreso, tal y como menciona el artículo 10 de la Ley de Medios local, en el cual se manifiesta que las elecciones serán nulas cuando existan violaciones graves, dolosas y determinantes en los casos previstos en la base sexta del artículo 41 de la Constitución federal. 


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