Al abordar la tribuna en Asuntos Generales durante la sesión de este miércoles, la legisladora señaló que partiendo de la premisa de que hay que impedir que los corruptos sigan o ingresen al gobierno, es necesario reformar la Constitución estatal para precisar dicho objetivo.
“Proponemos que la Constitución del Estado establezca y precise como objetivo fundamental del Sistema Estatal Anticorrupción, erradicar de los órganos de gobierno las prácticas de corrupción realizadas por servidores públicos y particulares, a través de políticas de prevención, identificación y sanción, que impidan permanentemente a los responsables tener trato alguno con el sector público. Para lo anterior, se propone reformar el artículo 101 Bis, en su segundo párrafo”, detalló.
Apuntó que para evitar que personas condenadas por actos de corrupción puedan acceder a cargos de elección popular, se propone que se establezca y precise que para ser gobernador, diputado o presidente municipal, uno de los requisitos sea no haber sido condenado por dichos actos.
“Dado que el auditor superior es pieza fundamental en el Sistema Estatal Anticorrupción, con el objeto de que cuente con la atribución precisa, se propone reformar el artículo 43, para establecer que la Auditoría Superior del Estado tenga a su cargo investigar actos u omisiones que impliquen corrupción”, ahondó.
Explicó que para asegurar que el perfil de las personas que aspiren al cargo de magistrado del Poder Judicial del Estado garantice honestidad en sus actos, se propone adicionar como requisito para ser designado, el no haber sido condenado por actos de corrupción, es necesario reformar la fracción IV del artículo 65.
“En relación con los funcionarios públicos y los particulares a quienes se haya condenado el delito de corrupción, se propone para los primeros la inhabilitación permanente para seguir trabajando en el gobierno, y para los segundos, la inhabilitación permanente para celebrar acuerdos de trabajo con el sector público. Para ello, proponemos reforma la fracción II del artículo 98 de la Constitución estatal”, detalló.
Se propone, comentó, como sanción administrativa para los servidores públicos que en el ejercicio de su encargo hayan participado en actos de corrupción, independientemente de otras que señale la ley, la inhabilitación permanente para seguir desempeñando el cargo.
“Los particulares que intervengan en actos de corrupción o sean vinculados con faltas administrativas graves, con independencia de otro tipo de responsabilidades y sanciones, serán inhabilitados permanente para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas. Dichas sanciones serán impuestas por el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Yucatán, para lo cual proponemos reformar la fracción IV del artículo 98 de la Constitución”, puntualizó.
Finalmente, dijo, se propone reformar el artículo 99 para establecer como sanción para los servidores públicos condenados a juicio político, además de la destitución, la inhabilitación permanente para volver a despeñar un cargo público.