El presidente del Consejo Local del INE en el estado, Fernando Balmes Pérez detalló que el pasado 3 de noviembre esta instancia electoral aprobó el acuerdo mediante el cual se establece el procedimiento para la designación de las y los consejeros distritales para los procesos electorales federales 2020-2021 y 2023-2024.
El también vocal ejecutivo de la Junta Local del INE añadió que entre las vacantes pendientes de aprobación se encuentra la designación de una propietaria o propietario en el 02 Distrito Electoral Federal; dos titulares para el 03 Consejo Distrital, así como una/o propietario para el 04 y una consejera/o suplente para el 05 Consejos Distrital, respectivamente.
Al respecto, el vocal secretario del INE en Yucatán, Juan Carlos Ara Sarmiento destacó que el periodo de postulación es del 3 al 12 de noviembre y se recibirán las solicitudes de inscripción de manera virtual o en las sedes de los consejos distritales.
La inscripción se podrá hacerse a título personal o por medio de organizaciones civiles, no gubernamentales, académicas, sociales, empresariales, de profesionistas, de apoyo a la comunidad, entre otras, con presencia pública nacional, estatal o regional.
Cada propuesta se acompañará del formato de solicitud de inscripción que deberá ser entregado para su registro. El formato estará disponible en la página de internet del Instituto: https://www.ine.mx.
La inscripción virtual se realizará vía correo electrónico dirigido a la Vocal Secretaria o Vocal Secretario de la Junta Distrital Ejecutiva o de forma presencial en las instalaciones de la Junta Distrital Ejecutiva correspondiente.
En caso de la modalidad virtual, los documentos probatorios serán enviados por correo electrónico de forma adjunta a la solicitud de inscripción en formato PDF y en archivo digital comprimido. Para el caso de la modalidad presencial, la entrega de la documentación será en copia simple y legible.
Podrán inscribirse o ser propuestos como aspirantes las y los ciudadanos interesados en participar, incluidos los que hayan participado como Consejera o Consejero en los Consejos Locales o Distritales en anteriores elecciones, a excepción de quienes hubiesen participado como Consejeras o Consejeros Electorales de Consejo Local o Distrital durante tres o más procesos electorales federales.
Si la inscripción se realiza de forma presencial, el o la aspirante se obliga a cumplir con los protocolos de prevención ante la emergencia sanitaria prevaleciente en el país.
Entre los requisitos principales se encuentran: ser mexicana o mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos políticos y civiles, estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente, además, tener residencia de dos años en la entidad federativa correspondiente y contar con conocimientos para el desempeño adecuado de sus funciones.
A su vez, no haber sido registrado como candidata o candidato a cargo alguno de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación y no ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación.
No contar con impedimento legal o incompatibilidad para el cargo, por no cumplir con los requisitos señalados en la ley y gozar de buena reputación y no haber sido condenada(o) por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.