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Endurecerán castigos a golpeadores de mujeres

25 Septiembre 2019
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Con el objetivo de contribuir a que la violencia feminicida sea erradicada, el legislador panista Miguel Rodríguez Baqueiro presentó una iniciativa de reformas al Código Penal de Yucatán, mediante la cual se tipifica el delito de lesiones por razón de género.

“Es necesario que nuestros instrumentos jurídicos estén actualizados a la realidad que hoy se vive en el estado, a través de mecanismos punitivos que los fortalezcan y que atiendan esta gran problemática social, para garantizar que todas las mujeres gocen de una vida libre de violencia y en condiciones de igualdad”, argumentó.

En asuntos generales, Rodríguez Baqueiro presentó la propuesta que establece penas de hasta 20 años de prisión a quien cause lesiones a una mujer por razón de género, se le impondrán de 14 a 20 años de prisión, pena que se incrementará hasta por cinco años cuando el agresor sostenga una relación de parentesco por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado, o colateral hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el cuarto grado, laboral, docente, sentimental o afectiva y de confianza.

Asimismo, dijo se le impondría una pena de mil 800 a 3 mil 000 Unidades de Medida y Actualización (UMAS).

Afirmó que las sanciones aumentarán hasta la mitad en los siguientes casos: cuando las lesiones sean provocadas mediante el empleo de sustancias corrosivas, o cuando las lesiones sean provocadas en los órganos genitales femeninos y mamas, excluyendo aquellas que por motivo de salud deban llevarse a cabo.

Precisó que se tipificará como lesiones por razón de género cuando a la víctima que se le hayan infligido lesiones o practicado mutilaciones genitales o de cualquier tipo, cuando éstas impliquen menosprecio a la mujer o a su cuerpo; existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o violencia del sujeto activo en contra de la víctima.

Asimismo, se imputará tal delito cuando existan antecedentes de violencia familiar, laboral o escolar motivada por razones de género del sujeto activo en contra de la víctima, y cuando la pretensión infructuosa del sujeto activo de establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima.

Aparte, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

El legislador panista añadió que al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia cuando se trate de la investigación del delito de lesiones por razones de género, se le impondrá de 2 a 5 años de prisión y de 300 a 900 UMAS, y será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión público.

En su exposición de motivos, Rodríguez Baqueiro dijo que la violencia contra las mujeres constituye un grave problema de salud pública y una violación a sus derechos humanos y agregó que según la OMS, alrededor de una de cada tres mujeres en el mundo ha sufrido violencia física y/o sexual de pareja o por terceros, en algún momento de su vida, lo que afecta negativamente su salud física, mental, sexual y reproductiva.

“La violencia hacia las mujeres es una grave afectación a sus derechos humanos e impide el goce y disfrute de los mismos, es decir, el problema de la violencia contra la mujer es un asunto de Estado que debe ser atendido por el mismo”,  finalizó.


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