“Es necesario que nuestros instrumentos jurídicos estén actualizados a la realidad que hoy se vive en el estado, a través de mecanismos punitivos que los fortalezcan y que atiendan esta gran problemática social, para garantizar que todas las mujeres gocen de una vida libre de violencia y en condiciones de igualdad”, argumentó.
En asuntos generales, Rodríguez Baqueiro presentó la propuesta que establece penas de hasta 20 años de prisión a quien cause lesiones a una mujer por razón de género, se le impondrán de 14 a 20 años de prisión, pena que se incrementará hasta por cinco años cuando el agresor sostenga una relación de parentesco por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado, o colateral hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el cuarto grado, laboral, docente, sentimental o afectiva y de confianza.
Asimismo, dijo se le impondría una pena de mil 800 a 3 mil 000 Unidades de Medida y Actualización (UMAS).
Afirmó que las sanciones aumentarán hasta la mitad en los siguientes casos: cuando las lesiones sean provocadas mediante el empleo de sustancias corrosivas, o cuando las lesiones sean provocadas en los órganos genitales femeninos y mamas, excluyendo aquellas que por motivo de salud deban llevarse a cabo.
Precisó que se tipificará como lesiones por razón de género cuando a la víctima que se le hayan infligido lesiones o practicado mutilaciones genitales o de cualquier tipo, cuando éstas impliquen menosprecio a la mujer o a su cuerpo; existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o violencia del sujeto activo en contra de la víctima.
Asimismo, se imputará tal delito cuando existan antecedentes de violencia familiar, laboral o escolar motivada por razones de género del sujeto activo en contra de la víctima, y cuando la pretensión infructuosa del sujeto activo de establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima.
Aparte, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
El legislador panista añadió que al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia cuando se trate de la investigación del delito de lesiones por razones de género, se le impondrá de 2 a 5 años de prisión y de 300 a 900 UMAS, y será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión público.
En su exposición de motivos, Rodríguez Baqueiro dijo que la violencia contra las mujeres constituye un grave problema de salud pública y una violación a sus derechos humanos y agregó que según la OMS, alrededor de una de cada tres mujeres en el mundo ha sufrido violencia física y/o sexual de pareja o por terceros, en algún momento de su vida, lo que afecta negativamente su salud física, mental, sexual y reproductiva.
“La violencia hacia las mujeres es una grave afectación a sus derechos humanos e impide el goce y disfrute de los mismos, es decir, el problema de la violencia contra la mujer es un asunto de Estado que debe ser atendido por el mismo”, finalizó.