En Sesión Extraordinaria Urgente celebrada a distancia, el Consejero Presidente, Moisés Bates Aguilar, señaló que actualmente no existen elementos conforme a la Ley para proceder a la aprobación de un referéndum solicitado para recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la creación de una nueva Ley de Seguridad Social para los Trabajadores del Estado y Municipios de Yucatán, ya que no existe una minuta de Ley aprobada por el Pleno del Congreso del Estado, según fue informado por la propia autoridad legislativa.
Explicó que la etapa preliminar para llevar a cabo un referéndum inicia con la recepción de la minuta de Ley o decreto, pero, al no existir la documentación para que tal tema pueda ser sometido a consulta, carece de materia para seguir siendo estudiado, por lo cual lo lógico es desechar y dejar a salvo los derechos de las y los solicitantes para que, si así lo desean, vuelvan a solicitar la realización del mecanismo de consulta cuando llegue el momento conforme a lo estipulado en la norma.
En el Instituto no estamos cerrando el paso a ningún ejercicio que beneficie a la ciudadanía para algún mecanismo de participación ciudadana como es el referéndum o el plebiscito, estamos sometidos como autoridad a un principio de legalidad en el cual sólo podemos realizar lo que la Ley nos autorice, y en este caso el artículo 53 de la Lpcpripey establece que podemos empezar a analizar una solicitud de referéndum cuando haya una minuta o decreto de Ley aprobada por el Pleno del Congreso del Estado.
En virtud que el Legislativo Local informó que no se ha generado, ni se cuenta con alguna minuta respecto de la legislación denominada Ley de Seguridad Social para los Trabajadores del Estado y Municipios de Yucatán, el Consejo General no cuenta con los elementos necesarios para entrar al estudio y análisis de la solicitud presentada.
La Consejera Electoral, Alejandra Pacheco Puente, destacó que, en caso que se aprobase una Ley al respecto, la ciudadanía puede volver a solicitar un referéndum o incluso promover un amparo en el periodo señalado en la norma, de considerar que haya alguna afectación a sus derechos.
La Consejera Alicia del Pilar Lugo Medina comentó que es necesario apegarse a la legalidad, y las personas interesadas presentaron su petición mientras el tema es una iniciativa de ley que aún pudiese ser desechada, por lo cual no es todavía materia del mecanismo de participación ciudadana en análisis.
Al respecto, coincidió el Consejero Electoral, Alberto Rivas Mendoza, quien manifestó que el hecho que no esté aprobada por el Pleno alguna norma, no permite que la ciudadanía tenga certeza sobre el contenido real de la Ley, y la solicitud de referéndum necesita el instrumento básico para iniciar el procedimiento, que es contar con la minuta,
El Consejero Electoral, Jorge Antonio Vallejo Buenfil, consideró que, ya que el Poder Legislativo no manifestó en el Catálogo de Políticas Públicas y Actos Gubernamentales Trascendentales 2022 la intención de realizar actos relacionados a la Ley en discusión, el tema puede ser materia de un mecanismo de participación ciudadana durante el presente año.
La Consejera María del Mar Trejo Pérez recordó que por primera vez se ha recibido una solicitud de referéndum en la entidad, no obstante, consideró, la legislación como tal dificulta la accesibilidad al ejercicio de los mecanismos de participación ciudadana y, en este caso, solicitó especificar qué derechos quedarían resguardados para las y los solicitantes al desechar su petición, y que se recuerde al Poder Legislativo que deben cumplir con el envío de la minuta de Ley, para cualquier norma que pudiese ser sometida a referéndum.
El Consejero Roberto Ruz Sahrur solicitó esperar a la respuesta del Congreso Local sobre la Ley que pudiesen incluir en su agenda, para dar una contestación posterior a la ciudadanía sobre el camino a seguir para solicitar un referéndum.
Finalmente, el punto de Acuerdo fue desechado por mayoría de votos, en la sesión que se encuentra disponible para la ciudadanía a través del canal IEPAC Yucatán por YouTube.