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TEEY ordena al alcalde de Valladolid transparentar Cuenta Pública

10 Mayo 2023
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El  Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) determinó como fundado el agravio promovido por dos regidores del Ayuntamiento de Valladolid en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC), expediente 004/2023, en contra del alcalde Alfredo Fernández Arceo  y el secretario municipal Manuel Jesús Loría Santoyo, por lo que les ordenó entregarles la documentación completa de la Cuenta Pública correspondiente al mes de diciembre del 202

En sesión pública realizada este martes 9 de mayo, el Pleno del TEEY votó de manera unánime a favor del proyecto de la magistrada presidenta, Lissette Guadalupe Cetz Canché, en el que se señala que las autoridades responsables no cumplieron con lo señalado en el artículo 63 Fracción VI de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán, en el que se indica que a los regidores se les debe entregar la documentación relativa a la Cuenta Pública –información contable, información presupuestaria, información programática e información complementaria- en un plazo previo de tres días antes de la sesión de Cabildo para su aprobación

La magistrada abundó que el alcalde y el secretario municipal vulneraron el derecho político-electoral de ser votado de los denunciantes Yolanda Guadalupe Torres Bautista y Antonio Núñez Chi, en su vertiente de desempeñar el cargo para el cual fueron electos, al no proporcionales la información y documentación necesaria para analizar la Cuenta Pública de diciembre de 2022, ya que sólo se les proporcionó un estado de resultados en la sesión de Cabildo del pasado 14 de febrero del año en curso. Esta situación obstaculizó la oportunidad de que los regidores puedan discutir y emitir su voto en los puntos sometidos a consideración en dicha sesión.

En ese sentido, para restituir el derecho violentado de los regidores, el TEEY determinó dejar sin efectos el acta de Cabildo de esa fecha, en el que se aprobó la mencionada Cuenta Pública y, en consecuencia, revocar los acuerdos tomados en éstas por encontrarse viciada de origen.

Por lo tanto, a fin de que los promoventes gocen de su derecho político-electoral de ser votado, se ordenó que en un plazo no mayor a siete días hábiles, el Ayuntamiento de Valladolid convoque a una nueva sesión de Cabildo para someter nuevamente a consideración de los regidores los puntos tratados en la sesión que quedó sin efectos, proporcionándoles toda la documentación necesaria para la revisión de la Cuenta Pública correspondiente al mes de diciembre del año pasado.

 


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