El activista indicó que, aun con la aprobación de la objeción de conciencia, se deben otorgar garantías a las personas que acuden a los servicios de salud pública, en cumplimiento de una obligación estatal para ser atendidos por un médico que no objete.
Señaló cinco puntos que deben considerarse dentro de la ley:
Debe ser de manera previa, cuando ingrese a la institución de salud, para llevar una especie de padrón, privado, para que haya claridad y el mismo hospital sea consciente del número de personas no objetoras para garantizar el servicio de salud.
La objeción de conciencia solo puede operar cuando la institución médica garantiza a una persona con la misma capacitación, expertise en el procedimiento, que pueda suplir; si no hay posibilidad de sustitución, no puede darse el procedimiento.
Es personal, no institucional.
Y solo debe realizarse mediante procedimientos, no a personas, no a determinados grupos.
Esas garantías no estaban en el dictamen original, y deben considerarse, sobre todo el padrón, dentro de la modificación, señaló.
Reconoció que, dadas las circunstancias actuales, “obligar a personas homofóbicas o en contra de ciertos procedimientos para garantizar los derechos de las mujeres, puedan verse obligados a hacerlo a regañadientes y ser revictimizantes”. (Paul Antonie Matos)